La factura eléctrica mantendrá el componente municipal

20 noviembre 2024 4 minutos
Redacción

La provincia no considera que sea distorsivo el componente municipal en la factura que pagan los usuarios del servicio eléctrico. Así lo hizo saber la secretaria del área, Noelia Zapata, al explicar las razones por las que esas cargas se aplican. Además, defendió la potestad de Entre Ríos de fijar las reglas en concesiones que son provinciales, ya sea prestadas por Enersa o por las cooperativas.

El cobro de tasas de alumbrado público y por ocupación del espacio aéreo son aranceles directamente relacionados con el servicio eléctrico y, por lo tanto, están correcta y legalmente incluidos en las facturas.

La aclaración oficial fue realizada en virtud de un intento por utilizar a Entre Ríos como caso testigo a nivel nacional, con vistas a destacar que el costo de la energía se inflaba por la intromisión de otras jurisdicciones, como las municipales, cuando en realidad los aumentos que han tenido lugar fueron avalados por las políticas públicas del gobierno que encabeza Javier Milei.

La primera voz escuchada fue la institucional de Enersa, que cubre la mayor parte del territorio. “El servicio público de distribución y comercialización de energía eléctrica es de jurisdicción provincial”, se señaló, no sin recordar que “Enersa es uno de los concesionarios del servicio de suministro de energía eléctrica en la provincia de Entre Ríos y, por lo tanto, es un sujeto regulado por la Autoridad de Control, que es el Ente Provincial Regulador de la Energía y la Autoridad de Aplicación, que es la Secretaría de Energía de la Provincia de Entre Ríos”. En ese sentido, se aportó que “ambas entidades son quienes fijan las condiciones para la prestación de dicho servicio”.

En este contexto, se aclaró que “Enersa cumple con el Marco Regulatorio Provincial, que establece que todos los concesionarios del servicio, tanto Enersa como las 18 Cooperativas Eléctricas, están obligados a cobrar en la factura los conceptos por “Contribución Única” y “Tasa Municipal” (Artículos 24 del Contrato de Concesión y 74 del Marco Regulatorio Eléctrico Provincial / Ley 8916)”.

Fue entonces cuando se especificó que por estas razones “la Resolución 267/2024 del Gobierno Nacional, que determina que las facturas no podrán contener ‘sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio’, como las tasas y/o impuestos provinciales y municipales, se contradice con lo establecido en el Marco Regulatorio Provincial”.

A su turno, la secretaria de Energía de Entre Ríos, Noelia Zapata, fue más directa al explicar que las facturas de distribución eléctrica, tanto de Enersa como de cooperativas, incluyen dos conceptos principales relacionados con tasas municipales: el alumbrado público y la contribución municipal. “El alumbrado público es una tasa determinada por la autonomía de cada municipio, que delega en las distribuidoras el rol de agentes de percepción. Aunque se relaciona con el servicio eléctrico, su naturaleza es diferente”, afirmó.

La funcionaria explicó que la contribución municipal, por su parte, está establecida en el contrato de concesión de las distribuidoras como un tributo por el uso del espacio público. “Lo que pide el contrato de concesión, es que se discrimine la tasa que las distribuidoras deben tributar a los municipios por el uso del espacio público. Entonces, o está determinada dentro de la factura como está, o está separado está dentro del VAD (Valor Agregado de Distribución)”, expresó.

Aunque se puede presentar discriminada en las facturas, “a nuestro entender, forma parte del costo del servicio eléctrico”, señaló.

Jurisdicciones

Luego, Zapata se refirió a la resolución 267 de la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, que instruye a las distribuidoras a no cobrar conceptos no relacionados directamente con el servicio contratado por los usuarios. “Desde la provincia defendemos nuestra autonomía y la de los municipios para fijar estas tasas. Las distribuidoras han iniciado medidas cautelares mientras se aclaran los alcances de esta normativa, ya que las tasas de alumbrado público y contribución municipal forman parte de los costos operativos”, indicó.

Remarcó que “no estamos dispuestos a permitir que se afecte la autonomía que tiene nuestra provincia. Esto no es solo un respaldo político, sino también una defensa de los derechos que competen a la provincia”.

Detalló que “cada una de las distribuidoras, todas están contestando lo mismo a Defensa del Consumidor: que las provincias tenemos el manejo de la distribución eléctrica y los municipios tienen su autonomía de fijar las tasas. Lo que dice la resolución es que no se puede cobrar conceptos que no tengan relación con el servicio que el usuario contrata, eso es lo que dice Defensa del Consumidor. Las distribuidoras entienden que está relacionado, al menos en la contribución municipal, porque forma parte del costo, y lo demás es el servicio que todo usuario frentista tiene a ese alumbrado público que de alguna manera se tiene que cobrar”, explicó.

Añadió que, ante las intimaciones de Nación, “lo que están haciendo las distribuidoras son los descargos pertinentes y presentando medidas cautelares, al menos eso es lo que tenemos conocimiento. Y lo que haremos desde la Provincia es defender nuestra autonomía y nuestra independencia respecto de los derechos que tiene respecto a la distribución de energía eléctrica”.

Respuesta coordinada

Sobre las acciones legales emprendidas, Zapata confirmó que “las distribuidoras están haciendo presentaciones a Fiscalía y Fiscalía tiene esta postura que tenemos quienes defendemos los intereses de la provincia. No es solo un respaldo político sino también de los derechos que le competen a la provincia”

“Seguiremos trabajando para garantizar la autonomía de Entre Ríos en materia de regulación energética y defensa de los intereses de nuestros municipios. Nuestra posición es que no estamos dispuestos a que haya injerencia respecto de la autonomía que tiene nuestra provincia, y le pasa a todas las provincias lo mismo”, remarcó.

Subrayó que al ser una resolución una norma de menor rango, requiere claridad en su aplicación.

Destacó además que la dependencia a su cargo no hizo llegar su postura a la Secretaría de Industria de la Nación porque la provincia no está involucrada en la disputa. “La Secretaría de Energía no es parte de ninguna forma. Acá son la Secretaría de Comercio y Defensa del Consumidor los que están planteando este tema, no es Secretaría de Energía de la Nación ni es a nuestra Secretaría de Energía de la provincia”.

Aclaró que, aunque “la afectada en este caso no es la provincia, nosotros nos sentimos afectados en cuanto a la intervención de Defensa del Consumidor de la Secretaría de Comercio de la Nación en un ámbito que es de jurisdicción provincial”.

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